Las funciones del docente son diversas. Estas vienen recogidas en cada ley educativa y varían ligeramente entre unas y otras. En la LOMLOE aparecen especificadas 13 funciones del docente, entre las que figuran la programación y la enseñanza de las áreas, materias, módulos o ámbitos curriculares que tengan encomendados, la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza o la tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias, entre otras.
Desde mi punto de vista, las más relevantes son la 3 (la tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias), la 5 (la atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado) y la 7 (la contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática y de la cultura de la paz).
Otras no me resultan tan importantes, como la 6 (la promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros), la 9 (la coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas) o la 10 (la participación en la actividad general del centro).
No obstante, esto no quiere decir que no sean necesarias y deja ver la diversidad de funciones que deben desempeñar los docentes.
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